jueves, 25 de junio de 2020

PLANES DE NEGOCIO - PROCOMPITE

¿QUE ES UN PLAN DE NEGOCIO?

Es una actividad económica de producción de bienes y/o servicios, que se realiza con el objeto de generar beneficios para los dueños.


PROCOMPITE

Es una estrategia prioritaria del estado de fomento de iniciativas de negocio que realizan los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el marco de la Ley 29337-Ley Procompite.

Consiste en la creación, ampliación o mejoramiento de negocios competitivos, rentables, sostenibles y ambientalmente saludables, de productores y otros agentes organizados, mediante la mejora tecnológica y/o innovación. Con el objeto de mejorar la competitividad y sostenibilidad de cadenas productivas y así lograr el desarrollo económico local y regional.


CADENA PRODUCTIVA

Sistema que agrupa agentes económicos interrelacionados por el mercado y que participan articuladamente en actividades que generan valor, alrededor de un bien o servicio, en las fases de provisión de insumos, producción, conservación, transformación, comercialización y el consumo final en los mercados.


PROPUESTA PRODUCTIVA PARA PROCOMPITE-PLAN DE NEGOCIO

Es el documento sustentatorio que presentan los AEO para solicitar el cofinanciamiento de la PROCOMPITE, mediante el cual se identifican los bienes, servicios, la tecnología a utilizar, las actividades a realizar, el presupuesto de inversión y operación, sustentándose la rentabilidad financiera y sostenibilidad del Negocio. Las Propuestas productivas tienen el carácter de petición de gracia, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.


MARCO LEGAL

La Dirección General de Desarrollo Empresarial del Viceministerio de MYPE e Industria, se encuentra en proceso de definir las modificaciones y/o actualización de los procedimientos y metodologías, las mismas que serán informadas y difundidas oportunamente. En tanto ello, se mantienen vigentes y aplicables en el trámite de las Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva, las disposiciones del Reglamento de la Ley N° 29337, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 103-2012-EF, la Guía Operativa y demás instrumentos metodológicos emitidos en su momento por el Ministerio de la Economía y Finanzas.


EL COFINANCIAMIENTO DE PROCOMPITE

PROCOMPITE cofinancia la transferencia de equipos, maquinaria, insumos, materiales y servicios.

El numeral 7.1 del artículo N°7 del reglamento de Procompite, señala que los Gobiernos Regionales y Locales pueden considerar la transferencia de equipos, maquinarias, infraestructura, insumos, materiales y servicios.
Cuando nos referimos a maquinarias, se refiere a todo tipo de maquinaria, incluida maquinaria pesada y maquinaria agrícola (tractores agrícolas, maquinas cosechadoras, entre otros).


LO QUE NO COFINANCIA PROCOMPITE

PROCOMPITE no financia la compra de vehículos, terrenos ni cubre los gastos de operación y mantenimiento, así como tampoco la entrega de dinero.

Nota: El Plan de negocio puede considerar la adquisición de vehículos pero con cargo al APORTE DEL AEO, con recursos de Procompite no está permitido su adquisición, de realizar la adquisición pese a las prohibiciones es responsabilidad absoluta de la entidad.


CATEGORIAS QUE COFINANCIA

Para presentarse al concurso del PROCOMPITE, deberán ser asociaciones o empresas y presentarse en  categoría A o Categoría B respectivamente.

De acuerdo con lo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4° del Reglamento de la Ley 29337-Ley PROCOMPITE, se establece lo siguiente:

Categoría A: Constituido por un mínimo de 25 socios, sea persona natural o jurídica; de ser persona natural, deberá estar representado por una Junta directiva integrada como mínimo por un presidente, un secretario y un tesorero, los cuales serán acreditados mediante el acta de la asamblea general de constitución, certificada por un notario o en su defecto por el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente.

Categoría B: Constituido por un mínimo de 02 socios, son personas jurídicas conformadas bajo cualquier modalidad permitida por el ordenamiento legal. (Encontrarse en registros públicos y tener su vigencia de poder). Cada entidad puede establecer un número mínimo de socios.


DIFERENCIA DE CATEGORÍAS

La diferencia entre ambas categoría se detalla en la siguiente tabla:

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TASA DE DESCUENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO

El COK para la formulación de planes de negocio para PROCOMPITE se recomienda que sea 20%


PLANES DE NEGOCIO - PROCOMPITE

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